El ENRE informó en un comunicado que se suspenden los cortes de luz y se aplicará tanto para usuarios que hayan realizado reclamos como los que no. Se debe auditar la información requerida a las distribuidoras.
El Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) ordenó a las distribuidoras EDENOR y EDESUR que no podrán suspender los servicios eléctricos por falta de pago de consumos no registrados (CNR). Se comunicó luego de un gran incremento de reclamos por problemas en la facturación del servicio de luz.
El organismo informó en un comunicado que «ordenó la suspensión de la exigencia de pago de notas de débito y liquidaciones complementarias, como así también abstenerse de suspender los suministros por falta de pago de estos conceptos, independientemente de que se hubiera generado o no el reclamo por parte de la persona usuaria«.
La suspensión de cortes de luz se realizó a través de la Resolución 37/2021 que se publicó hoy en el Boletín Oficial y limita la aplicación de los cargos hasta tanto «se audite la información requerida a las distribuidoras acerca del modo en que se llevan a cabo los procedimientos para la aplicación de CNR».
Si bien en determinadas circunstancias las distribuidoras están habilitadas a emitir facturas complementarias por recupero de CNR, el Reglamento de Suministro establece requisitos puntuales para permitir la inclusión de cargos en concepto de recupero de energía. Este fue el punto de conflicto dado que el ente regulador Nacional según evaluó e informó estos requisitos no fueron respetados.
En este sentido, la interventora del ENRE, Soledad Manin, señaló que se «está avanzando con la reglamentación del procedimiento a seguir por parte de Edenor y Edesur para corregir estas desviaciones».
Además, el ENRE aclaró que estos procedimientos «deben respetar el derecho de defensa de las personas usuarias y brindarles información adecuada y veraz acerca de los montos que se pretenden cobrar y su procedencia».
Fuente: www.cronista.com